jueves, 19 de junio de 2008

EL PARTIDO COMUNISTA DE SALAMANCA SE OPONE A LA CENTRAL TÉRMICA

Nos hacemos eco del manifiesto que ha elaborado el Partido Comunista con sede en Salamanca en relación a la Central Térmica de Ledesma. De paso aprovechamos para agradecer al Partido Comunista y a cualquier otro partido político o entidad, institución, asociación, colectivo, etc. que se manifieste en contra de un producto de la desinformación y oportunismo de una empresa que poco le importan las gentes de Ledesma y su comarca.

Ante la decisión de instalar una central térmica en el municipio de Ledesma, a cargo de la empresa ENDESA, instalación que podría estar operativa en pocos años gracias a que el Ayuntamiento de Ledesma y la Junta de Castilla y León apoyan el proyecto, el Partido Comunista de Salamanca (PCE) quiere manifestar su frontal oposición ante un proyecto, que de llevarse a cabo, hipotecaría el futuro de una parte importante de la provincia de Salamanca.

1.- La central térmica no solucionará los problemas de fijación de población y de empleo de la zona, ya que tras su construcción, la instalación sólo requerirá de una veintena de trabajadores altamente cualificados.Es más perjudicará la creación de nuevos empleos en sectores como la agricultura y el turismo.

2.- Se trata de un proyecto altamente contaminante. Una central térmica de 800 MW como la que se pretende construir en Ledesma generará la emisión de 300 toneladas por hora de CO2 y 160 kilos por hora de óxido de nitrógeno, además de tener un consumo de agua de 350 litros por segundo.

3.- Representará un peligro para la salud de los habitantes de la zona, ya que la térmica emitirá partículas y gases como el óxido de nitrógeno y azufre, causantes de afecciones respiratorias y pulmonares, además de incidir de forma agresiva sobre el propio río Tórmes y en la calidad de su agua que será consumida a escasa distancia de la central por los habitantes de la Mancomunidad de Cabeza de Horno.

4.- Producirá daños en la agricultura de la zona. La central térmica estará rodeada de explotaciones agrícolas y sus efectos se notaran en un radio de 50 kilómetros, es decir tendrá un importante efecto sobre una zona agrícola y ganadera y dificultará enormemente la denominación y comercialización de productos de calidad de las zonas afectadas.

5.- El funcionamiento de la central térmica influirá muy negativamente en el turismo de la zona. Las iniciativas que varios municipios de la comarca de Ledesma están poniendo en funcionamiento con el fin de fomentar el turismo rural durante todo el año, se irían al traste con un proyecto contaminante como es una central térmica.

6.- La proliferación de los proyectos de futuras centrales térmicas en España (40 en este momento) contraviene las obligaciones de nuestro país con el Protocolo de Kioto. España incumple el protocolo de Kioto en un 48% con respecto a la cuota límite que era del 15%. Las emisiones de efecto invernadero que trata de reducir el Protocolo internacional se deben en su mayoría a las emisiones de CO2 por centrales térmicas como la que se quiere instalar en Ledesma.

Por todo ello, el Partido Comunista de Salamanca (PCE) considera un enorme error la construcción una central Térmica en Ledesma, ya que la misma no será positiva ni ecológica ni económicamente para la zona. Por ello queremos manifestar nuestro apoyo a la Plataforma Antitérmica del Tormes, así como secundar el manifiesto de este colectivo contrario a un proyecto que solo perjudicará a Ledesma y parte de la provincia de Salamanca. Salamanca 15 de Junio de 2008Partido Comunista de Salamanca (PCE)

miércoles, 18 de junio de 2008

LOS ECOLOGISTAS ORGANIZAN UNA MARCHA EN BICICLETA CONTRA LAS TÉRMICAS DEL BESAYA

Grupos ecologistas contrarios a la construcción de centrales térmicas en la comarca del Besaya en Cantabria han organizado para hoy una marcha de protesta en bicicleta, que se desarrollará a partir de las 18.00 horas y que recorrerá varias calles de Torrelavega para concluir en la plaza Baldomero Iglesias.



Se pretende que los participantes vayan ataviados con camisetas y carteles alusivos a la campaña contra la instalación de la central térmica de gas de 500 megawatios de Enel-Viesgo proyectada en terrenos de Solvay, y que además porten pancartas alusivas a las reivindicaciones de los colectivos.La marcha saldrá a las 18.00 horas de El Malecón para recorrer el bulevar ronda y las calles Paseo Julio Hauzeur, Julián Ceballos, Augusto G. Linares, Avenida de España, El Cid, El Soto, Joaquín Cayón, José María de Pereda, Plaza Mayor, La Llama, Carrera, Consolación y Julián Ceballos, para finalizar en la plaza Baldomero Iglesias.Al final de la marcha, que tendrá una duración de una hora, se hará entrega de un folleto explicativo sobre la convocatoria de una manifestación para el sábado, 21 de junio, han informado hoy la Coordinadora y Plataformas contra las térmicas del Besaya en un comunicado de prensa.Esta actividad es previa a la manifestación convocada por los mismos colectivos para el próximo 21 de junio, y que se desarrollará a partir de las 12.00 horas, con salida de la Plaza Mayor de Torrelavega y llegada en el Bulevar Demetrio Herrero, frente al Ayuntamiento.




EFE-Torrelavega

MANIFIESTO DE LA PLATAFORMA ANTITÉRMICA DEL TORMES

Os presentamos el manifiesto que se leyó durante la II Reunión Estatal de Plataformas Antitérmicas en el municipio de Monleras.

Me gustaría comenzar con dos párrafos.

El primero de ellos dice así:

“El cambio climático es una de las principales amenazas para el desarrollo sostenible. Representa uno de los principales retos ambientales con efectos sobre la economía global, la salud y el bienestar social. Sus impactos los sufrirán aun con mayor intensidad las futuras generaciones. Por ello, es necesario actuar desde este momento y reducir las emisiones mientras que a su vez buscamos formas para adaptarnos a los impactos del cambio climático.”

Estas palabras las pronunció Rodríguez Zapatero en la visita de Al Gore. Como conclusión de esta afirmación, no tiene sentido alguno seguir con proyectos de instalación de centrales térmicas ya sean de carbón, gasóleo o gas, de ciclo simple o combinado, porque dichos proyectos no hacen más que aumentar las emisiones que generan impactos negativos y potencian el cambio climático. Todos los combustibles fósiles son contaminantes en su combustión. No tiene sentido alguno la propaganda de que si funciona con gas natural es ecológico.

El segundo es del Sr. Francisco Macía Tomás, subdirector general de Planificación Energética del Ministerio de Industria y miembro del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de la Energía:
“Hay que incentivar que las centrales se pongan donde hace falta, y lo deseable es que sea lo más cerca del punto de consumo. De esa forma, se ahorra en infraestructuras, porque no se tiene que transportar la energía eléctrica, y se ahorra también al evitar las pérdidas de energía durante el transporte.”

¿Qué sentido tiene desde esta afirmación la creación de un proyecto de central térmica de ciclo combinado de gas en la comarca de Ledesma? ¿Dónde están los centros de consumo? Demasiado ha colaborado esta tierra en la generación de energía eléctrica hipotecando su desarrollo.

Siento la obligación moral de oponerme a la intención que la empresa ENDESA tiene de construir una central térmica de ciclo combinado con una potencia de 820 MW en el municipio de Ledesma.

Las razones de esta oposición son evidentes:

1. Para el funcionamiento de esta central térmica se necesitan 350 litros de agua por segundo. Parte del agua vuelve al río que se vierte a una temperatura superior porque la utiliza la empresa para refrigerar. ENDESA reconoce que existirán “otros efluentes líquidos” que irán en ese agua que vuelve al río, aunque estima que no son significativos. Unos kilómetros más abajo del río, las mancomunidades Cabeza de Horno y Sayagua toman el agua para el abastecimiento de sus pueblos, que la toman para consumo humano. Sin duda alguna se disminuirá drásticamente la calidad del agua y constituirá un riesgo para la salud de miles de personas en las provincias de Salamanca y Zamora.

2. Si la empresa ENDESA afirma que la opción por instalarla aquí se debe a la cercanía al gaseoducto, se le debe recomendar otros lugares y nunca la comarca de Ledesma. De esa forma se ahorraría los 29 kilómetros de gaseoducto que pretende construir.

3. Si la empresa ENDESA afirma que la opción de instalarla en nuestra tierra es por la cercanía de las redes de alta tensión, también se le puede recomendar otros lugares cercanos a subestaciones eléctricas. Así se ahorraría la construcción de una red de alta tensión de 45 kilómetros que pretende construir.

4. Si la empresa ENDESA miró para nuestra tierra y afirma en su proyecto que pretende instalar la térmica aquí porque esta zona se encuentra cercana geográficamente a comunidades autónomas, le preguntaría dónde vio comunidades limítrofes por aquí.

5. Si la empresa ENDESA, (y estoy recogiendo todas las razones que esta empresa da en su proyecto, como justificaciones para instalar la térmica en Ledesma) ha tenido en cuenta las buenas infraestructuras de comunicaciones y la facilidad de acceso, sería bueno que señalara dónde están las autovías de la zona, la red ferroviaria o los aeropuertos.

Oscuros intereses no confesables por parte de la empresa ENDESA deben existir para justificar el emplazamiento de una central térmica de gas en nuestra comarca. Y digo inconfesables porque no ha dado más que una justificación razonable para llevar a cabo este proyecto en nuestra zona, y es la utilización del agua del río. Y todas las personas sabemos que sus vertidos van a ser perjudiciales para salud del río y de las personas que luego la van a tomar para consumo humano.

Oscuros intereses cuando la rentabilidad de dichos proyectos es mayor cuanto más cerca de los centros de consumo se realicen, y ENDESA viene a esta tierra a instalar esta industria.
¿Qué beneficios a nivel ambiental va a tener esta instalación?

1. Emitirá esta industria, en pleno funcionamiento, por sus chimeneas en torno a 300 toneladas de CO2 cada hora. Es el CO2 uno de los gases que está provocando el cambio climático y el efecto invernadero con grave riesgo de destrucción de nuestro planeta y miserable herencia para las futuras generaciones.

2. Además de las emisiones de CO2, va a expulsar óxidos de nitrógeno, y otras sustancias como benceno, cadmio, plomo cobalto, arsénico que según la doctora Julia García Castell (persona que lleva investigando años sobre los efectos que las térmicas tienen sobre la salud humana) y la cito textualmente, “generan estas centrales efectos adversos en las personas. Dichas repercusiones son negativas sobre la salud humana a corto, medio y largo plazo. Abarcarán un amplio abanico de enfermedades desde leves y poco importantes como conjuntivitis, rinitis, faringitis, cefaleas, dermatitis, etc, enfermedades moderadas como sinusitis crónicas, mayor riesgo de bronquitis infecciosas y neumonías, hasta enfermedades graves y potencialmente mortales como bronquitis asmática severa, enfisema broncopulmonar, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, insuficiencia cardiaca, enfermedades coronarias e incremento del riesgo de cáncer”.

Existen personas que apoyando a ENDESA, pretenden vendernos el proyecto de esta multinacional y han empezado a comparar la combustión de la térmica con una cocina de gas de nuestras casas. No nos explican tampoco estos defensores del proyecto, que en pleno funcionamiento la central utilizará 3’4 millones de metros cúbicos de gas al día y este dato también aparece en su proyecto. Las personas elegidas por ENDESA para la venta de este proyecto como generador de puestos de trabajo, hace que afirmen que va a crear entre 170 y 175 empleos. Está comprobado, sin embargo, que centrales de similar tamaño funcionan con menos de 40 personas. Y no lo decimos nosotros, lo dice Gas Natural. No existirá beneficio laboral para la zona. Nunca hablan de los puestos de trabajo que se pueden perder si el proyecto se lleva a cabo.

Empiezo a entender las razones que ENDESA tiene para instalar la térmica de gas en nuestra comarca. Esperan encontrar aquí a personas que no tenemos capacidad para oponernos a su proyecto. Con falsas promesas han acercado hacia sí a personas que defienden el proyecto, imposibilitando un debate público claro. Y se niegan a debatir cara a cara las ventajas, caso de que hubiera, y los riesgos que dicha instalación tiene para la comarca.

No se puede declarar a este proyecto de interés regional pues la ausencia de generación de empleo, la destrucción del medio ambiente y los perjuicios para la salud de las personas no pueden considerarse interesantes. Además limitará las posibilidades de desarrollo y no hará más que hipotecar el futuro de productos que aspiren a obtener sellos y marcas de calidad de la comarca.

Hay personas de esta tierra, que apuestamos por esta comarca y estamos comprometidas con su futuro, y nos vemos obligadas a tomar una postura crítica y constructiva, frente a quienes la quieren destruir. Debemos ver, reconocer y apoyar todos aquellos proyectos que basados en los recursos existentes y respetuosos con las personas, las actividades básicas de la comarca y el medio ambiente, pueden generar verdadero desarrollo. En ese sentido vaya todo nuestro apoyo a proyectos que colaboren en la defensa de nuestro legado cultural, histórico y natural. Apoyamos la declaración de la dehesa salmantina como paisaje singular. Defendemos el río Tormes como patrimonio común de toda la comarca. Bienvenidas sean las iniciativas empresariales que creen empleo real, duradero y de calidad. Bienvenida toda inversión que, desde el aprovechamiento y el respeto a los recursos de la comarca, sean beneficiosas para los habitantes que viven aquí.

Las posibilidades reales del turismo de calidad hoy demanda espacios naturales bien conservados y productos de calidad como los que tenemos.

Hay que apostar a su vez por la generación de energía eléctrica basada en renovables porque generan más empleos, diversifica beneficios, no destruye la naturaleza y sirve de complemento a las actividades actuales de la zona.

Estoy obligado, estamos obligados a reclamar que se respete nuestra dignidad como personas, nuestra tierra, nuestra cultura, nuestra forma de vida. La instalación de una central térmica del ciclo combinado de gas es un error en nuestra comarca y en cualquier sitio. A todos nos toca una parte del trabajo para que este proyecto no se lleve a acabo. La conciencia y la oposición social harán posible que lo que es un proyecto hoy, nunca llegue a realizarse.

ENDESA debe mirar de verdad al futuro y abandonar la voluntad de destruir esta tierra y el medio ambiente que nos rodea, si de verdad está buscando como dice en su publicidad “una nueva conciencia para los hijos de nuestros hijos”.

Las instituciones públicas tienen la obligación de defender los intereses generales por encima de los intereses particulares. Deben implicarse en proyectos de desarrollo integral.

Los alcaldes y ayuntamientos deben defender los intereses de la comarca y de los ciudadanos a los que representan y no se dejen embaucar por cantos de sirena que encierran siniestros proyectos que solo benefician a unos cuantos.

Los partidos políticos deben tomar una postura clara de rechazo a proyectos que hipotecan el futuro. Que tengan visión de futuro.

Los sindicatos agrarios tiene que ser defensores de los intereses de los agricultores y los ganaderos e independientemente de lo que pueda separarles, sepan unirse en proyectos de defensa de la dignidad de sus afiliados y de sus intereses.

Y todas las asociaciones de mujeres, culturales, de jubilados, etc. en la medida de sus posibilidades tienen que caminar en la defensa de la cultura, la historia, la naturaleza y el futuro.

Merece la pena la defensa de esta tierra y la defensa de la dignidad de las personas. Y todos tenemos un compromiso con esta comarca de Ledesma.

PLATAFORMA ANTITÉRMICA DEL TORMES
1 de Mayo de 2008

viernes, 13 de junio de 2008

EL PP ASTURIANO RECLAMA UN ESTUDIO DEL EFECTO DE LAS TÉRMICAS EN LA SALUD DE LA POBLACIÓN

El diputado del Partido Popular en la Junta General del Principado de Asturias Carlos Galcerán denunció ayer la inexistencia de estudios sobre los efectos de las centrales térmicas en la salud de la población. Por ello, anunció que su grupo parlamentario presentará una proposición no de Ley para reclamar al Gobierno regional un informe que reúna estas características. Según manifestó ayer en Mieres Carlos Galcerán, «instaremos al Ejecutivo a que ofrezca toda la información ambiental relevante sobre los posibles efectos sobre la salud en un plazo de cuatro meses».

La propuesta del grupo parlamentario popular también guarda una segunda parte: la petición a la Universidad de Oviedo «de un estudio sobre dichos efectos».Prevención
La intención de los populares es «contar con toda la información necesaria antes de que se instalen nuevas centrales térmicas en la región», dada su preocupación por la salud de los asturianos. Carlos Galcerán también mostró su apoyo a la plataforma contra la térmica de La Pereda (en el concejo de Mieres), cuyos responsables llevan varios años denunciando los problemas de la central mierense, no sólo de contaminación atmosférica, sino también acústica.


J. VIVAS MIERES

LA CONSERVACIÓN DE LA DEHESA Y DE NUESTROS BOSQUES: NUESTRO FUTURO


Desde que el hombre apareció sobre la Tierra, ha aprovechado de todas las maneras posibles, los recursos que le ofrecían los bosques. Primeramente obteniendo frutos y caza; más tarde, elaborando herramientas y recipientes; transformando los troncos en viviendas y también convirtiéndolos en combustible. Uno de los grandes inventos de la humanidad, la rueda, se obtuvo de la madera, y troncos de árbol fueron los primeros medios que se emplearon para surcar las aguas.


La vida del hombre siempre ha estado ligada estrechamente a los bosques y hemos obtenido de ellos todo lo que se nos ha antojado, sin cuestionarnos nada más. Salvo honrosas excepciones, nunca nos hemos parado a pensar que ellos no pueden ser esquilmados sin hacernos daño a nosotros mismos; pero si nos sentáramos frente a un bosque y nos pusiéramos a meditar, nos daríamos cuenta de que son nuestros mejores embalses: las copas de los árboles amortiguan la caída del agua de lluvia y la distribuyen lentamente por el suelo, permitiendo que el humus y el subsuelo se empapen y se almacene el agua que alimentará acuíferos, manantiales y ríos. El entramado de las raíces de loa árboles evita la pérdida de suelo fértil, además de mantener la productividad de los paisajes forestales y la agricultura de valles y llanuras, que se sustenta en este papel de distribuidor de nutrientes. Los bosques autóctonos son por tanto, una garantía contra la erosión.
También nos ofrecen seguridad contra catástrofes, pues la existencia de éstos en las montañas y en las riberas de los ríos, produce un efecto amortiguador de fenómenos naturales, como lluvias torrenciales, avenidas, corrimientos de tierras, etc. También suponen una gran despensa, pues nos proveen de madera, leña, resina, corcho, frutos, setas, miel, pastos, ... y el 75% de los principios activos que componen los medicamentos actuales. Los bosques tienen la virtud de atemperar el clima de las zonas que ocupan, amortiguando los extremos climáticos. Dentro de ellos se genera un microclima más fresco en verano y menos riguroso en invierno. También frena el viento, evitando la desecación del suelo. Tenemos en el bosque al mejor climatizador; pero también es nuestro mejor aliado contra el calentamiento global del planeta y un excelente depurador del aire.


Las actividades industriales y el afán de quemar combustibles fósiles para generar energía, producen gran cantidad de un gas, el CO2, que tiene unos efectos desastrosos sobre la salud de todos los seres vivos, contribuyendo además al calentamiento global del planeta y al cambio climático. Los árboles absorben el carbono y liberan el oxígeno, favoreciendo el desarrollo de la vida y mitigando el calentamiento global. Los bosques son un paraíso de biodiversidad, ya que albergan gran cantidad de especies animales y vegetales. A veces, un solo árbol es, por sí mismo, un ecosistema y puede albergar un sinfín de microorganismos, plantas inferiores, insectos, aves, mamíferos que, aunque erróneamente, puedan estar consideradas como especies “sin utilidad” para nosotros, tienen una importancia vital para otros habitantes del bosque que sí tienen reconocida su estima por el hombre. Nuestros pulmones verdes protegen la vida acuática de los ríos, lagos, estuarios y costas, ya que aportan alimentos y materia orgánica, a la vez que regulan los depósitos de sedimentos. Son por tanto, un seguro para las pesquerías, y su destrucción supone una drástica reducción de los recursos pesqueros. Los bosques son además, por si todo lo anterior fuese poco, un extraordinario lugar para el esparcimiento y la formación. Proporcionan belleza y calma para nuestro espíritu y son una fuente inagotable de conocimientos. Allá donde crecen los bosques generan un sinfín de efectos beneficiosos que se extienden a la totalidad del planeta Tierra.



Fuente: Extracto del artículo escrito por Fernando Aparicio para el proyecto "Sembramos la Vida" del programa de Formación Ambiental de ARBA. http://www.arba-s.org

LOS VERDES DENUNCIAN LA CAMPAÑA PUBLICITARIA DE ENDESA, POR CÍNICA Y DEMAGOGA

Desde la Plataforma Antitérmica del Tormes nos hacemos eco de la denuncia que hace el partido político de los Verdes a raíz de una campaña publicitaria de ENDESA por inoportuna y carente de sensibilidad. Creemos que no les falta razón y por eso os la presentamos. Dice así:

LOS VERDES denunciamos el “alto grado de cinismo y demagogia” que demuestra la multinacional ENDESA, con su última campaña publicitaria.

En dicho anuncio de televisión, en el que aparecen niños de diferentes países expresando su deseo de ser padres algún día, ENDESA presume de pensar “en los hijos de tus hijos”.
Sin embargo, el portavoz de LOS VERDES, Joan Oms, recuerda que “esta empresa no ha sido ni siquiera capaz, hace pocas semanas, de velar por los niños de las seis escuelas a las que les permitieron visitar Ascó I” -ENDESA es propietaria del 100% - , después de sufrir uno de los cuatro accidentes más graves de la historia nuclear española, el pasado 27 de noviembre.
Accidente que primero fue ocultado - cuando se produjeron las visitas de escolares - y después minimizado, hasta reconocerse que éste había sido de nivel 2.


A entender de LOS VERDES, estos hechos son los que demuestran la verdadera preocupación de la multinacional por los “hijos”. Además, este partido considera que una empresa pro-nuclear no tiene derecho a alardear de preocuparse por las generaciones futuras. ENDESA es propietaria de Ascó I (100%), Ascó II (85%), Garoña (50%), Almaraz I (36%), Almaraz II (36%) y Vandellós II (72%).


Oms denuncia que serán “muchas generaciones de hijos de los hijos, las que se verán afectadas por los residuos radiactivos, que pueden emitir radiaciones letales durante 20.000 años”.
Por otro lado, la multinacional también dice en el spot encaminarse “hacia una nueva conciencia”, cuando el nuevo proyecto de la eléctrica española en Chile prevé construir cinco grandes presas en el sur del país y la línea de transmisión eléctrica más grande del mundo, aprovechando las políticas permisivas de estos países y, por supuesto, sin pensar en sus generaciones ni en las del resto del planeta. Este proyecto supondría un desastre medioambiental para la Patagonia, la segunda reserva de agua dulce del mundo.


Tampoco podemos olvidar el intento de ENDESA de ampliar la central térmica de Carboneras (Almería), en 2005, que quedó descartada por el Gobierno ante la revisión de la planificación de los sectores de electricidad y gas para 2005-2011. El grupo de 800 MW, que pretendía instalar esta compañía, habría supuesto la emisión de 6 millones de toneladas de CO2, que se hubiesen sumado a la fuerte contaminación generada por esta central. Carboneras emite más de 8 millones de toneladas de CO2 al año, siendo el mayor foco de emisión de gases de invernadero de Andalucía y el tercero de España.


Éstos son sólo unos ejemplos de la gestión de ENDESA, cuya generación de electricidad se origina, mayoritariamente, a partir de las nucleares y el carbón, con los peligros y contaminación que esto supone.


A entender de LOS VERDES, las campañas medioambientales que la compañía realiza, relacionadas con la investigación del proceso de captura, confinamiento y transformación del CO2 o con la conservación de la biodiversidad - como es el caso de Huinay (Chile), el mismo país donde pretende construir cinco presas, lo que pone de manifiesto su contradicción -, no justifican hacer una campaña “engañosa”, ya que estos guiños no compensan, de ninguna manera, su gestión real.


“Que ENDESA nos hable de cambio de conciencia y de nuestros hijos y nietos, cuando haya demostrado este cambio, con hechos y sin contradicciones, centrándose en la generación de energía a partir de las renovables, aprobando un calendario de clausura de sus centrales y tomando medidas de prevención para sus residuos”, señala el portavoz.
Parecidos argumentos se puede aplicar REPSOL con su ‘proteger lo que más nos importa’ e ‘inventemos el futuro’, en la misma línea publicitaria”, subraya.

jueves, 12 de junio de 2008

LA PLATAFORMA ANTITÉRMICA DE ASTURIAS RENUEVA LA MOCIÓN INICIAL CONTRA LA PEREDA

La Plataforma Antitérmica de La Pereda redacta una nueva moción contra la infraestructura y reclama el apoyo de PP e IU para frenar el nuevo ciclo combinado diseñado por Endesa y Hunosa para Mieres y para actuar contra la térmica existente. Los vecinos han introducido en el texto una serie de modificaciones, tras el fracaso del último pleno, en el que también se presentó esta moción, a través del PP, pero IU se abstuvo porque los puntos no eran asumibles.

Ahora, la plataforma ha redactado un segundo escrito con las modificaciones y eliminando puntos como el que se ponga dinero a disposición de PP e IU para que luchen contra la térmica, o que se cuelguen carteles en empresas privadas como Caudalia. No obstante, los vecinos piden que IU y PP consensúen este texto antes del plano para que no vuelva a ocurrir lo que en el último.
Los puntos que sí se quedan son los referentes a que se manifieste por escrito el rechazo del ayuntamiento al proyecto, como se aprobó en un pasado pleno, que el consistorio pida a su vez al resto de administraciones que asuman tal rechazo de Mieres.


También reclaman que el consistorio actúe con todos los servicios jurídicos a su alcance, con el fin de oponerse a la central térmica de ciclo combinado de La Pereda y a la resolución a la Autorización Ambiental Integrada de la central térmica existente. Además, reclaman que el ayuntamiento apoye una campaña de información con carteles en todos los edificios públicos, que se colabore en una recogida de firmas, que se promueva el documental Paraiso Industrial, que se convoque el segundo jueves de cada mes el foro cívico de Medio Ambiente y que se nombre una comisión municipal formada por un representante de cada uno de los grupos políticos con representación municipal.

miércoles, 11 de junio de 2008

GUIA INSTALAC PRODUCC ELECTRICIDAD 2003












http://www.antitermicadeltormes.blogspot.com







INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN



DE ELECTRICIDAD







Régimen de Autorizaciones











COMISIÓN JURÍDICA



Septiembre de 2001



Actualizado a noviembre de 2003









GUÍAS DE NORMATIVA AMBIENTAL Nº 2



ÍNDICE









  1. Introducción.










  1. Autorizaciones.








2.1.- De la Administración con competencias en energía.



2.1.1. Autorización administrativa.



2.1.2. Autorización del proyecto de ejecución.



2.1.3. Autorización de explotación







2.2.- De la Administración ambiental.



2.2.1. Evaluación de Impacto Ambiental.



2.2.2. Autorización Ambiental Integrada (IPPC).







2.3. - De la Administración municipal.



2.3.1. Licencia urbanística.



2.3.2. Licencia de actividad.







2.4. - Otras autorizaciones..



2.4.1. Declaracion de utilidad publica



2.4.2. Concesion de uso de aguas.



2.4.3. Regimen especial para las renovables.









  1. Participación social en los procedimientos de autorización.








3.1.- Alegaciones.



3.2.- Recursos.



3.3.- Personación en el procedimiento como interesados.









  1. - Legislación estatal aplicable.








1. INTRODUCCIÓN











La presentación de decenas de proyectos de Centrales Térmicas de gas en casi todas las Comunidades Autónomas nos ha hecho intervenir en muchos de los procedimientos para la autorización de estas instalaciones que presentan problemas ambientales importantes (ver "El Ecologista" nº 25). Como las instalaciones de producción de energía eléctrica tienen un régimen de autorizaciones muy específico y que va más allá de la Evaluación de Impacto Ambiental a la que ya estamos acostumbrados/as y que conocemos, hemos elaborado este documento que puede clarificar este sistema de permisos y nuestra intervención en él.







Lo que vamos a describir es aplicable a las instalaciones de producción de electricidad cuyo aprovechamiento afecta a más de una Comunidad Autónoma. Y se entiende esto según la legislación cuándo estas centrales están obligadas a realizar ofertas económicas al operador del mercado por tener más de 50 MW de potencia.







Esto no sirve para las instalaciones de transporte y distribución de energía eléctrica (líneas aéreas de alta, media o baja tensión, subestaciones eléctricas...) que tienen otro sistema de autorizaciones que está regulado en el R.D. 2819/98. Tampoco es aplicable a las Centrales nucleares que se rigen por su normativa específica. Ambos casos, sin embargo, pueden tener autorizaciones comunes a aquellas como son la Evaluación de Impacto Ambiental o las licencias municipales.







Es preciso tener en cuenta que, desde la entrada en vigor de la Ley 54/97 del Sector Eléctrico, la planificación eléctrica solo es obligatoria para las instalaciones de transporte, es decir, para la red. Para las instalaciones de producción la planificación solo es indicativa, lo que quiere decir que cualquier empresa puede solicitar permiso para construir y poner en funcionamiento cualquier tipo de central (incluida la nuclear) sin más condicionantes que cumplir con los trámites y requisitos derivados de las autorizaciones que vamos a describir a continuación.



2. AUTORIZACIONES











2.1. DE LA ADMINISTRACION CON COMPETENCIAS EN ENERGIA











2.1.1 - AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA.







Las empresas que quieran instalar alguna central eléctrica de las mencionadas anteriormente deberán solicitarlo acompañando un ANTEPROYECTO que deberá contener la memoria con la ubicación y características de la planta, los planos, un presupuesto y cualquier otro dato que la administración solicite. El promotor debe acreditar siempre su capacidad legal, técnica y financiera, las condiciones de eficiencia energética, técnicas y de seguridad de la instalación y el cumplimiento de los condicionantes ambientales que luego se le impongan.










El procedimiento de autorización incluye una fase de información pública durante el plazo de 20 días (anunciándolo en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma y, en su caso, en el de la Provincia). Las alegaciones presentadas se comunican a la empresa solicitante para que alegue lo que estime oportuno, dándose después traslado de las actuaciones a otras administraciones públicas interesadas.







La competencia para este permiso es de la Administración del Estado. Aunque la solicitud se presenta y el expediente se tramita en las Áreas o Dependencias de Industria y Energía de las Delegaciones o, en su caso, Subdelegaciones del Gobierno de las provincias donde radique la instalación, la AUTORIZACION la concede, la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía, mediante resolución que se publica en los Boletines Oficiales y se notifica a todos los que intervinieron en el expediente. No es, por tanto, una competencia autonómica como sucede con la mayor parte de la instalaciones industriales.







2.1.2 - APROBACION DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN.







El proyecto de ejecución deberá ser acorde con los reglamentos técnicos en la materia y su aprobación habilita a la empresa solicitante para construir la instalación proyectada, sin perjuicio de la obtención del resto de permisos necesarios.







2.1.3 - AUTORIZACION DE EXPLOTACIÓN.







Una vez construida la instalación deberá presentarse una solicitud de Acta de puesta en servicio, junto al Certificado de final de obra suscrito por el técnico facultativo, ante las Areas o Dependencias de la Delegación o Subdelegación del Gobierno. El Acta se extenderá, previas las comprobaciones oportunas respecto de la ejecución de la obra, por este mismo organismo.







Para más detalle de estos procedimientos hay que acudir al R.D. 1955/00, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE 27-12-2000). Este Real Decreto deroga el Decreto 2617/66 que establecía hasta hace poco las normas para el otorgamiento de autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas.











2.2. DE LA ADMINISTRACION AMBIENTAL







2.2.1 - EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL.







Según la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/86 de Evaluación de Impacto Ambiental (Anexo I, Grupo 3 sobre Industria Energética) necesitan obligatoriamente esta autorización:







- Las centrales térmicas con potencia de al menos 300 MW.



- Las instalaciones industriales para la producción de electricidad, vapor y agua caliente con potencia térmica de más de 300 MW.



- Los parques eólicos de al menos 50 aerogeneradores, o que se encuentren a menos de 2 km. de otro parque eólico.







Además hay que tener en cuenta que otros proyectos como las incineradoras de residuos (Grupo 8 del Anexo) o las presas de más de 10 millones de m3 de agua embalsada (Grupo 7) también están sometidas a Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y que, en ocasiones estas instalaciones también están diseñadas para producir energía eléctrica.







Por otra parte, esta reciente Ley de EIA incluye en su Anexo II otros muchos proyectos que solo se someterán a EIA si la administración así lo considera en base a unos criterios de selección determinados por su Anexo III. Entre esos proyectos están:







- Todas las centrales hidroeléctricas no incluidas en el Anexo I (grandes presas).



- Los parques eólicos no incluidos en el Anexo I, es decir los de menos de 50 aerogeneradores.



- Las instalaciones industriales para la producción de electricidad, vapor y agua caliente de más de 100 MW (y menos de 300).







Es preciso considerar también que las legislaciones sobre EIA que han desarrollado las Comunidades Autónomas, normalmente amplían los proyectos de instalaciones que necesitan tener esta autorización, de manera que suelen estar incluidas, por ejemplo, las centrales térmicas de menos de 300 MW. En cualquier caso, como la competencia para la autorización administrativa de que hemos hablado antes (las de más de 50 MW) es de la Administración General del Estado, el Ministerio de Medio Ambiente es el órgano competente para efectuar la Declaración de Impacto Ambiental.







El período de información pública para alegaciones del Estudio de Impacto Ambiental se realizará conjuntamente con el correspondiente al trámite de autorización administrativa mencionado anteriormente y al de declaración de utilidad pública.







El procedimiento administrativo que se sigue para las Evaluaciones de Impacto Ambiental es normalmente bien conocido por las asociaciones ecologistas. Para quien desee más detalles sobre él remitimos al documento elaborado recientemente por la Comisión Jurídica de Madrid titulado "Evaluación de impacto ambiental en la Comunidad de Madrid" (mayo de 2001).







2.2.2- AUTORIZACION AMBIENTAL INTEGRADA (IPPC).







La Directiva 96/61/CE, de 24 de septiembre, relativa a la prevención y el control integrado de la contaminación (IPPC según sus siglas en inglés), estableció un nuevo permiso o autorización para determinadas instalaciones industriales consideradas de elevado impacto sobre el medio ambiente. En el Estado Español se traspuso esta Directiva a través de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (BOE 2-7-02) que estableció la Autorización Ambiental Integrada (AAI) para todas las nuevas instalaciones industriales recogidas en su Anexo I. Se entiende por nuevas instalaciones todas aquellas que no estén en funcionamiento antes de julio de 2003. Para el resto, “las viejas”, se da un plazo para la obtención de esta autorización que concluye antes del 30 de octubre de 2007. Se calcula que pueden estar afectadas unas 6.000 industrias.







Este permiso analizará no solo el impacto sobre el medio ambiente y la adecuación previsible de la instalación a la normativa, sino también las medidas para reducir el uso de sustancias peligrosas, prevenir los residuos y ahorrar materiales, agua y energía. El permiso especificará unos determinados Valores Límites de Emisión (VLE) o vertido para cada instalación (que por supuesto no pueden ser superiores a los permitidos por la normativa en vigor) que se basarán en la Mejores Técnicas Disponibles (MTD) establecidas para cada sector industrial.







Entre las instalaciones industriales que van a necesitar este permiso el Anexo I de esta ley incluye a todas las centrales térmicas para producción de electricidad que tengan una potencia superior a 50 MW. También se incluyen las incineradoras de residuos.







La AAI integra, como informes vinculantes, algunas de las autorizaciones que antes hacían falta sobre contaminación atmosférica, vertidos a las aguas o residuos e incluye en el mismo procedimiento a la EIA. Esto último significa que la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) sigue siendo preceptiva y obligatoria, pero que se tramita al mismo tiempo y dentro de la Autorización Ambiental Integrada (AAI). Es decir, que esta última contiene e incorpora la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aunque son dos permisos distintos. La Ley 16/2002 dice expresamente que la AAI se podrá impugnar en vía administrativa. Con respecto a otras autorizaciones necesarias la AAI precede a la autorización sustantiva y a la licencia de actividades clasificadas (o figura similar que la sustituya) en lo referente a la resolución definitiva de la autoridad municipal. En cuanto al procedimiento de esta última licencia se incluirá, también como la EIA, en el del otorgamiento de la AAI.







Resumiendo, y simplificando, en cuanto a la sucesión temporal de permisos:





  1. Primero de produce la Autorización Ambiental Integrada, que incluye el texto de la Declaración de Impacto Ambiental.




  2. Después la Autorización Sustantiva.




  3. Por último, la Licencia de Actividades Clasificadas.












2.3. DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL







2.3.1- LICENCIA URBANÍSTICA.







Como cualquier construcción o edificación las instalaciones para producción de electricidad necesitan la correspondiente licencia urbanística, que conceden los Ayuntamientos siempre que estas se adecuen a la normativa y a los Planes Urbanísticos.







2.3.2- LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA.







Las centrales termoeléctricas están consideradas como instalaciones insalubres y nocivas a efectos del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 1961. Este Reglamento, más conocido por sus siglas de RAMINP, obliga a gran parte de las industrias y establecimientos a disponer de una autorización municipal que se denomina licencia de actividad. Esta licencia municipal de instalación, apertura y funcionamiento de las actividades clasificadas (es decir, incluidas en su Anexo) implica un procedimiento administrativo que incluye, entre otros, un dictamen previo y preceptivo del órgano competente de la Comunidad Autónoma, que si es desfavorable resulta vinculante para el Alcalde y si no lo es deja en manos de este la concesión de la licencia de actividad. Este dictamen se denomina "Calificación Ambiental" de la actividad.







En cualquier caso, la licencia debe supeditarse a las Ordenanzas Municipales y a los Planes Urbanísticos, así como a la normativa ambiental de carácter general. En todo caso el Rto. establece que, "como regla general", las industrias insalubres y peligrosas se sitúen a más de 2.000 metros del casco urbano.







Las instalaciones que necesiten esta licencia de actividad y, también, Evaluación de Impacto Ambiental se someterán a este último procedimiento de forma previa a la expedición de la licencia municipal, de manera que el proyecto técnico y la memoria descriptiva que tiene que presentar el promotor contendrá, también, el Estudio de Impacto Ambiental que se hubiera presentado en el procedimiento específico de EIA.























2.4. OTRAS AUTORIZACIONES







2.4.1. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA







Las instalaciones que lo necesiten, y desde luego suele ser el caso de las centrales térmicas, tiene que ser declaradas de utilidad pública a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos (por ejemplo terrenos) necesarios para el establecimiento de la misma y para dar apoyo jurídico a la necesaria disposición en determinados casos de bienes del Estado, de la Comunidad Autónoma, de la Provincia o del Municipio. Esta declaración está regulada en la Ley de Expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.







Esta declaración lleva aparejado un trámite preceptivo de información pública para que los afectados puedan formular las correspondientes alegaciones. Este trámite se realiza simultánea y conjuntamente con la información pública del EIA y de la Autorización Administrativa.







2.4.2. CONCESION DE USO DE AGUAS.







En aprovechamientos hidráulicos o en centrales térmicas o nucleares es preciso obtener la autorización de toma de aguas, según establece la Ley de Aguas o, si es en el mar, la Ley de Costas. Si la instalación lo requiere también puede ser necesaria la autorización de ocupación del dominio público marítimo-terrestre.







2.4.3. REGIMEN ESPECIAL PARA LAS RENOVABLES.







Las instalaciones de producción de energía eléctrica que utilizan fuentes renovables (eólica, solar, biomasa) necesitan autorización para incluirse en el denominado "Régimen Especial" establecido en la Ley 54/97 del Sector Eléctrico. Esta inclusión les permite obtener un régimen retributivo específico (primas) para cada kwh que produzcan. La competencia para esta autorización es de la Administración Autonómica.







Especialmente los parques eólicos necesitan otra autorización autonómica cuando estos hayan de emplazarse en montes de utilidad pública.



3. PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LOS PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACION







3.1. ALEGACIONES







Tal como hemos mencionado anteriormente algunos de los procedimientos administrativos para la concesión de estas autorizaciones incluyen una fase de información pública que permite a los ciudadanos y a las instituciones y entidades sociales de todo tipo formular alegaciones. Las alegaciones no son sino comentarios acerca del proyecto que se ha presentado, fundamentalmente cuestionando sus aspectos técnicos, poniendo de relieve su posible ilegalidad o mostrando simplemente los inconvenientes de cualquier tipo que pueden suponer.







El anuncio del período de información pública aparece publicado en los Boletines Oficiales correspondientes establece un plazo para hacer alegaciones (es decir, descontando los domingos y festivos) y señala el lugar donde se puede examinar la documentación sobre la que han de formularse las alegaciones.







El período de información pública (de 30 dias) será común para la EIA, la AAI, la Licencia de Actividades Clasificadas y la Autorización Sustantiva (art. 16 de la Ley 16/2002).







La Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/99) dice que quienes presenten alegaciones tienen derecho a obtener de la administración una respuesta razonada, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales.







3.2. RECURSOS







Las resoluciones administrativas que concedan licencias o autorizaciones pueden ser impugnadas en vía administrativa y, posteriormente, en vía contencioso-administrativa, siempre que exista algún motivo de nulidad o anulabilidad (arts. 62 y 63 de la Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo).







¿Quién puede presentar un recurso? La impugnación de las resoluciones administrativas puede realizarla cualquier "interesado". Según la Ley mencionada antes se considera interesado, no sólo a quienes promuevan el procedimiento o tengan derechos que puedan resultar afectados, sino también a quienes tengan intereses legítimos, individuales o colectivos, que puedan resultar afectados por la resolución. Las asociaciones representativas de intereses sociales son titulares de intereses legítimos colectivos. Es decir que respecto de resoluciones administrativas de contenido o de incidencia ambiental las asociaciones ecologistas están legitimadas para presentar recursos. No es, además, preceptivo que la persona o entidad haya previamente presentado alegaciones en la fase de información pública. El plazo para presentar el recurso de alzada o el de reposición según corresponda es de 1 mes.







Sobre la impugnación de las Declaraciones de impacto ambiental, de momento el Tribunal Supremo ha venido considerando que constituyen un acto de trámite dentro de todo el procedimiento de autorización de instalaciones o proyectos, no sólo los energéticos, y que lo que se puede recurrir es sólo la autorización administrativa final y no la declaración de impacto, independientemente de que se puedan en dicho recurso hacer las consideraciones que se deseen sobre los problemas medioambientales del proyecto. Este tema está en discusión y es probable que intentemos un cambio en la jurisprudencia. Sin embargo, ya hemos comentado anteriormente que la Ley 16/2002 permite la impugnación de la Autorización Ambiental Integrada.







3.3. PERSONACION EN EL PROCEDIMIENTO COMO INTERESADOS.







En el procedimiento administrativo para las autorizaciones de instalaciones puede resultar interesante a la asociación personarse como interesada. Esto se realiza mediante un escrito dirigido al órgano competente, mencionando el expediente de que se trate y señalando que se persona como interesada a los efectos de la Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo. Hay que tener en cuenta que la comparecencia en el trámite de alegaciones no otorga, por si misma, la condición de interesado.







Decíamos que puede ser interesante porque las facultades que se adquieren son:







a) obtener información sobre el estado de tramitación del expediente a través del funcionario que lo esté tramitando.







b) formular alegaciones y aportar informes o documentos, independientemente de hacerlo también en el período de información pública.







c) pedir que se aporten otros datos, documentos o informes sobre las circunstancias del proyecto presentado, o que se acrediten determinadas cuestiones que afirma el promotor en el proyecto.







d) recibir, en su caso, la notificación de la resolución administrativa que concede la autorización.



4. LEGISLACION ESTATAL SOBRE ENERGIA ELECTRICA







4.1. GENERAL







- Real Decreto 1955/00, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE 27-12-00).



- Ley 54/97, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (BOE 28-11-97). La Ley 50/98 ha modificado su art. 33.1 y la Disposición Transitoria sexta.



- Real Decreto 2019/97, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica (BOE 31-12-97).



- Ley 82/80, de 30 de diciembre, sobre conservación de la energía (BOE 27-1-81). Parcialmente derogada.







4.2. RENOVABLES







- Real Decreto 2818/98, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración (BOE 30-12-98).



- Real Decreto 2366/94, de 9 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones hidráulicas, de cogeneración y otras abastecidas por recursos y fuentes de energía renovables (BOE 27-1-95).







4.3. AUTORIZACIONES AMBIENTALES







- Ley 6/01, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/86, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental (BOE 9-5-01).



- Decreto 2414/61, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (BOE 7-12-61).



- Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrado de la Contaminación (BOE 2-7-03)


viernes, 6 de junio de 2008

ARAGÓN SUFRE DE CONTAMINACIÓN POR OZONO DE UN MODO GENERALIZADO

Tras analizar los datos suministrados por la Red RICAA de la Consejería de Medio Ambiente de Aragón, que mide los contaminantes del aire, Ecologistas en Acción ha podido constatar que la contaminación por ozono troposférico, el ozono de las partes bajas de la atmósfera, está generalizada en primavera y verano por todo Aragón.

Este contaminante no se emite directamente por el hombre sino que se forma secundariamente cuando otros contaminantes precursores, como los óxidos de nitrógeno, emitidos por coches, centrales térmicas y todo aquello que produce combustiones, son sometidos en el aire a ciertas reacciones químicas favorecidas por la radiación solar. Por eso la contaminación por ozono es especialmente preocupante en primavera y verano y alcanza, por los movimientos del aire que transporta a sus precursores, a poblaciones rurales en las que nadie supondría, por su lejanía a centros industriales o grandes poblaciones, que tuvieran problemas de contaminación en el aire.
En cuanto a sus efectos cada vez hay más estudios científicos que muestran que niveles altos de este contaminante ocasionan un aumento en la tasa de mortalidad de la población, así como un aumento notable de enfermedades relacionadas con al aparato respiratorio, ya que este gas oxidante, al afectar a las defensas naturales del pulmón, agrava las infecciones respiratorias y los problemas relacionados con alergias y asma.



La legislación europea sobre el ozono va e endurecerse a partir del año 2010, dentro de año y medio, y las nuevas normas establecen que no deben sobrepasarse los 120 microgramos/m3 , medidas en bloques de 8 horas, más de 25 días al año. A este respecto el análisis de los datos en Aragón muestran que durante los últimos siete años las estaciones de la Red RICCA han superado estos límites una media de 47 veces al año, casi el doble de lo permitido. Así mismo los índices que se emplean para determinar los límites para proteger la vegetación, como el denominado AOT40, que mide las superaciones de 80 microgramos/m3 en ciertos periodos de tiempo, superan ampliamente los límites que se marcan para el 2010. Así la normativa para ese año indica que este índice no debe superar los 18.000 microgramos /m3.hora, cifra que es superada en cerca del 83 % en las medidas efectuadas en los últimos 5 años, con una media estimada superior a los 33.000 microgramos/m3.h en toda la Red RICAA.



Si además tenemos en cuenta que la O.M.S. recomienda, para proteger la salud humana, que se debe bajar el límite de los 120 a los 100 microgramos/m3 , es más evidente todavía la necesidad de luchar contra este contaminante. De tenerse en cuenta los límites de la O.M.S. las superaciones de los máximos prácticamente se duplicarían.



Entre las poblaciones aragonesas más afectadas tenemos a Camarena de la Sierra, junto al Javalambre, que mostró cifras altísimas de ozono durante los últimos años. Así, por ejemplo, en el año 2005 se superaron los límites de 120 microgramos /m3 un total de 127 veces, cincos veces superior a los máximos marcados por la legislación europea para el año 2010. Curiosamente, pese a ser la población aragonesa con mayor contaminación registrada de ozono, la Consejería de Medio Ambiente retiró el año pasado su estación de mediciones.



Aunque la contaminación por ozono varía anualmente en función de la radiación solar este contaminante no llegaría a formarse en niveles peligrosos si no fuera por las emisiones contaminantes de origen humano. Así, por ejemplo, según el IPCC, en su cuarto informe de situación del año 2007 sobre el cambio climático, cuando considera los niveles preindustriales de gases de efecto invernadero, entre los cuales también está el ozono troposférico, estima que este contaminante ha aumentado a nivel global entre un 50 y un 80 % en los últimos 150 años. Dado el proceso de calentamiento climático en que estamos inmersos, con unas previsiones de mayor frecuencia e intensidad en las olas de calor, es de prever que se lleguen a niveles peligrosos de contaminación con el ozono, tal como sucedió en Aragón, por ejemplo, durante el año 2003, en el que se alcanzaron niveles muy altos de este gas. Por todo ello puede considerarse que este es un problema cada vez más global y que, por la gran cantidad y extensión de las fuentes emisoras de precursores del ozono, se está escapando de nuestro control y es necesaria una política ambiental enérgica para hacerle frente.



Por todo lo expuesto, y dado que la prevención sobre este contaminante no se puede improvisar de un año para otro, Ecologistas en Acción insta al Gobierno de Aragón a que abandone su pasividad ante este problema y empiece ya a tomar medidas de cara al año 2010 para limitar las emisiones de los precursores de ozono, entre los cuales los óxidos de nitrógeno son los más importantes. A este respecto cabe recordar que, a propósito de la Central Térmica que se proyecta construir en Mequinenza, un estudio encargado por el Gobierno de Aragón al Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM) mostró que la influencia de esta Central Térmica, que no es de las más grandes que están proyectadas en Aragón, ya haría aumentar los niveles de este gas en un radio de 60 u 80 km. Por ello entre las medidas más evidentes que se deben tomar está, además de apostar en serio por el ahorro energético, el establecer en Aragón una moratoria en la construcción de nuevas centrales térmicas, que son grandes emisoras de óxidos de nitrógeno, y que son, además, una clara muestra de las exageradas pretensiones de un Gobierno de Aragón que se empeña en duplicar la producción eléctrica generada a partir de combustibles fósiles, política claramente incongruente con la supuesta lucha que dice mantener contra el aumento de los gases de efecto invernadero para prevenir el cambio climático.

jueves, 5 de junio de 2008

EL ZOFRERAL DENUNCIA QUE LA CENTRAL TÉRMICA DE COMPOSTILLA SUPERÓ EN 126 OCASIONES EN CONGOSTO LA CONTAMINACIÓN PERMITIDA EN 2007

El colectivo vecinal recuerda que 'la legislación vigente obliga a que este límite nunca se supere más de 24 veces por año civil'. La asociación vecinal El Zofreral, miembro de la plataforma Bierzo Aire Limpio, señala que según el último informe anual sobre la Calidad del Aire en Castilla y León publicado por la Junta, la central de Compostilla 'ha vuelto a poner en peligro la salud de los vecinos del Ayuntamiento de Congosto un año más. Esta central, que ocupa los puestos más altos en el ranking de centrales más contaminantes de España -3ª- y de Europa -11ª-, sigue generando un volumen de contaminación insostenible para los habitantes de todo El Bierzo y su medio ambiente'. El Zofreral quiere informar a los ciudadanos y autoridades 'del peligro que va a entrañar la apertura de los próximos ciclos combinados en Compostilla en una zona de atmósfera claramente contaminada, tal y como demuestran los datos publicados. El informe arroja que la calidad del aire que se respira en Congosto y en San Miguel otro año más vuelve a ser desastroso, ya que durante el año 2007 el número de veces en los cuáles se superaron los límites permitidos de inhalación de dióxido de azufre para la salud humana según la legislación vigente fueron de 82 veces en Congosto y 44 veces en San Miguel de la Dueñas. La legislación vigente obliga a que este límite nunca se supere más de 24 veces por año civil'. A juicio del colectivo vecinal, 'estas estadísticas demuestran que otro año más se ha violado por parte de Endesa el respeto a la salud humana y al medio ambiente, sin que hayan tomado medidas paliativas o compensatorias para los pueblos y vecinos afectados, vecinos que llevan varios años esperando la instalación de los equipos nuevos de desulfuración y la paralización de los ciclos combinados previstos'.'La compañía eléctrica, que recordemos facturó el ejercicio anterior más de 2.000 millones de euros, sigue haciendo la vista gorda con los graves problemas que tiene en Congosto y no quiere dar una solución a este gravísimo problema que un año tras otro se repite. Desde la plataforma se insta a la dirección de Compostilla que se reúnan con sus representantes para dar explicaciones de cómo tienen previsto afrontar los problemas de salud y medioambientales que se llevan generando en el entorno de Compostilla. Esta acción está encuadrada entre las numerosas denuncias que todas las asociaciones que forman parte de la plataforma están haciendo públicas con el fin de abrir varios frentes para conseguir que la Comarca del Bierzo deje de ser una de las más contaminadas de España', concluye El Zofreral.

VECINOS DE GRAN TARAJAL EN CONTRA DE LA INSTALACIÓN DE UNA CENTRAL TÉRMICA

La Plataforma Ciudadana contra la Central Térmica de Agando ha convocado para el próximo sábado 7 de junio una manifestación en Gran Tarajal de rechazo al proyecto. Esta concentración se une a otras medidas ya iniciadas por la Plataforma como reuniones informativas periódicas y una Iniciativa Popular que, mediante la recogida de firmas, pretende que el Ayuntamiento de Tuineje y el Cabildo de Fuerteventura se opongan al proyecto de central térmica en Agando y al uso del muelle de Gran Tarajal para descarga de combustible. La Plataforma ha invitado a los comerciantes de Gran Tarajal a sumarse a las protestas cerrando sus establecimientos al medio día 'en señal de solidaridad con la manifestación'. Igualmente ha sugerido a los participantes que acudan vestidos con una camisa negra como protesta por los efectos negativos que acarreará la central térmica en la población. En opinión de los convocantes, supone un riesgo para la calidad del aire y, por tanto, para la salud y la calidad de vida de los vecinos. Este movimiento ciudadano surgió el pasado mes de mayo como respuesta al Avance de Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructuras Energéticas de la isla de Fuerteventura, promovido por la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias. En él que se propone ubicar en el valle de Agando (término municipal de Tuineje) un sistema de generación de energía eléctrica de 300 megawatios, una planta de almacenamiento y distribución de hidrocarburos con capacidad de 100.000 metros cúbicos y una planta almacenamiento de hidrógeno. Esta central sustituiría a la que actualmente está en funcionamiento en Puerto del Rosario y que abastece a toda la isla. Unas instalaciones que se quieren trasladar fuera de la capital al ser muy contaminantes. A través de un comunicado, la plataforma ciudadana dice compartir la necesidad de que la central térmica salga de Puerto del Rosario por las molestias que causa a su población, pero matiza que 'no deben cometerse los mismos errores' ubicando de nuevo estas infraestructuras en las cercanías de otros núcleos de población, en este caso entre Gran Tarajal y Giniginamar.
Puerto del Rosario, FUERTEVENTURA, EFE

miércoles, 4 de junio de 2008

MANIFIESTO SANITARIO CONTRA LAS TERMICAS DE TORRELAVEGA Y SU COMARCA


Los profesionales sanitarios tenemos la obligación y la responsabilidad, no sólo de diagnosticar y tratar las enfermedades, sino de prevenir y cuidar la salud de la población. Existe una clara relación entre calidad del aire ambiental y salud. Ante los proyectos de construcción de dos centrales térmicas en Torrelavega y su área de influencia, zona que soporta ya niveles de contaminación elevados (alguno de los cuales supera los recomendados por la legislación) los profesionales de la salud, basándonos en la bibliografía médica actual, MANIFESTAMOS:

1- Los informes de Calidad del Aire elaborados por el Centro de Investigación del Medio Ambiente (CIMA) de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria de los años 1999 a 2005, recogen que los habitantes de Torrelavega y Comarca respiran un aire que supera los límites legales de concentración de sulfuro de hidrógeno (H2S) y partículas PM10 (según las mediciones de algunas estaciones de control). Estos compuestos y otros más peligrosos que se encuentran en el aire respirable, son muy perjudiciales para la salud humana

2- La contaminación ambiental, sea cual sea su origen, incrementa la mortalidad y la morbilidad de las personas que viven en un entorno próximo a las fuentes de polución tanto a corto plazo (1, 2, 3) como a largo plazo (4, 5, 6).

3- Las centrales térmicas de ciclo combinado producen emisiones peligrosas de partículas en suspensión, gases y sustancias orgánicas (compuestos volátiles orgánicos) e inorgánicas diversas, con influencia negativa sobre la salud humana (7).

4- Las partículas en suspensión de menos de 10 micras de tamaño y algunos metales pesados (cadmio, cromo, níquel, etc) y sustancias orgánicas (benceno, tolueno, hidrocarburos aromáticos policíclicos, etc.) surgidos de la combustión, son elementos cancerígenos, es decir responsables de la producción de cáncer en diversos órganos (8, 9, 10), con mención especial al cáncer de pulmón.

5- Aún cuando la ley establece unos límites concretos para la calidad del aire (11), no hay niveles mínimos no tóxicos de partículas en suspensión y otros componentes de la polución para el ser humano (12, 13, 14).

6- Los contaminantes producidos provocan un aumento de la patología respiratoria, tanto aguda (aumento de ingresos por crisis asmáticas y descompensaciones de bronquíticos crónicos, aumento de sus síntomas y del uso de sus medicaciones, más fallecimientos) como crónica (disminución de la función pulmonar, aumento de bronquitis y tos crónica...) (15,16,17).

7- Existe una población especialmente vulnerable: los ancianos (18, 19), pacientes con patología cardiorrespiratoria (20) y los niños (21, 22).

8- Son posibles los efectos de los contaminantes ambientales sobre el feto ya en el vientre de su madre, observándose aumento de nacidos pretérminos y con bajo peso al nacer (23, 24), retraso en el crecimiento uterino y la posibilidad de malformaciones fetales (25, 26).

9- Los niños son más susceptibles a la contaminación ambiental. Existe un aumento de la morbimortalidad infantil por la polución. Y además, algunos de sus efectos pueden tardar años en desarrollarse. Estos datos son suficientes para recomendar una reducción en la exposición de los niños a la polución atmosférica (21).

10- Los niveles de contaminación atmosférica tienen una relación demostrada con patología cardiovascular, siendo más frecuentes las muertes e ingresos hospitalarios por infartos cardiacos, trombosis cerebrales y otras enfermedades circulatorias (27, 28).

Por todo lo anteriormente manifestado, nos sentimos responsables de informar, a la población en general y a nuestros pacientes en particular, de los graves riesgos de los contaminantes emitidos por las centrales térmicas que se pretenden instalar cercanas a la población. No queremos que los habitantes de Torrelavega y su Comarca, y en especial nuestros hijos, sean mañana un referente de la incidencia de asma, cáncer, infartos y de otras patologías.

No vamos en contra de nadie. Defendemos el derecho de cualquier ciudadano a respirar un aire sin riesgos para su salud, por delante de otros argumentos económicos, políticos o laborales. Nuestro futuro empieza por cuidar nuestra salud. Desde la evidencia científica actual pedimos que la contaminación ambiental en nuestra Comarca sea la menor posible y por ello nos oponemos a la construcción de dos centrales térmicas de ciclo combinado. Las autoridades políticas, así como las instituciones legislativas y jurídicas, tienen la obligación y el deber de poner en marcha las alternativas de progreso tecnológicamente viables, económicamente factibles y legislativamente posibles que beneficien nuestra salud y la de nuestros hijos, y que además faciliten un desarrollo sostenible y respetuoso con el medio ambiente.

Los sanitarios y trabajadores de centros sanitarios abajo firmantes lo manifestamos ante la opinión pública, en Torrelavega a Mayo de 2006.


BIBLIOGRAFIA:

1- Samet JM, Dominici , Curriero FC, Coursac I, Zeger SL. Fine particulate air pollution and mortality in 20 U.S. cities, 1987-1994. N Engl J Med 2000;343(24):1742-1749 (Editorial pp. 1798-9).
2- Katsouyanni K, Touloumi G, Samoli E, et al. Confounding and effect modification in the short-term effects of ambient particles on total mortality: results from 29 european cities within the APHEA project. Epidemiology 2001;12:521-531.
3- Ballester F, Iñiguez C, Sáez M, et al. Relación a corto plazo de la contaminación atmosférica y la mortalidad en 13 ciudades españolas. Proyecto EMECAM. Med Clin (Barc) 2003;121(18):684-689.
4- Dockery DW, Pope CA III, Xu X, et al. An association between air pollution and mortality in six US cities. N Engl J Med 1993,329(24):1753-1759 (Editorial pp. 1807-1808).
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6- Sunyer J. Contaminación atmosférica y mortalidad. Med Clín (Barc) 2002;119:453-454.
7- Ferris J, Garcia J, López JA, et al. Enfermedades asociadas a la polución atmosférica por combustibles fósiles. Aspectos pediátricos. Rev Esp Pediatr 2001;57(3):213-225.
8- Cohen AJ. Outdoor air pollution and lung cancer. Environ Health Perspect. 2000 Aug;108 Suppl 4:743-750.
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10- Boffeta P, Nyberg F. Contribution of environmental factors to cancer risk. British Medical Bulletin 2003;68:71-94.
11- Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre. B.O.E. Nº260, de 3/10/2002.
12- Health aspects o fair pollution – answers to follow-up questions from CAFÉ. Report on a WHO working group. Copenhagen, WHO Regional Office for Europe, 2004 (document EUR/04/5046026) (http://www.euro.who.int/document/E82790.pdf).
13- Vedal S, Brauer M, White R, Petkau J. Air pollution and daily mortality in a city with low levels of pollution. Environ Health Perspect 2003;111(1):45-51.
14- Donaldson K, Stone V, Clouter A, Renwick L, MacNee W. Ultrafines particles. Occup Environ Med 2001;58:211-218.
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17- Heinrich J. Nonallergic respiratory morbidity improved along with a decline of traditional air pollution levels: a review. Eur Respir J 2003;21:Suppl. 40, 64s-69s.
18- Aga E, Samoli E, Touloumi G, et al. Short-term effects of ambient particles on mortality in the elderly: results from 28 cities in the APHEA2 project. Eur Respir J 2003;21:Suppl. 40,28s-33s.
19- Anderson HR, Atkinson RW, Bremner SA, Marston L. Particulate air pollution and hospital admissions for cardiorespiratory diseases: are the elderly at greater risk ?. Eur Respir J 2003;21:Suppl.40,39s-46s.
20- Annesi-Maesano I, Agabiti N, Pistelli R, Couilliot MF, Forastiere F. Subpopulations at increased risk of adverse health outcomes from air pollution. Eur Respir J 2003;21:Suppl. 40,57s-63s.
21- Effects of air pollution on children´s health and development: a review of the evidence. Report on a WHO working group. Copenhagen, Who Regional Office for Europe, 2004. (http://www.euro.who.int/document/E86575.pdf).
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